SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

1)

El representante de la accionante, a través de sus abogados, ratificó los argumentos de la acción de libertad y ampliando señaló: 1) El proceso penal en el que se acusa a la accionante, cuya medida cautelar se llevó a cabo el 10 de mayo de 2016, es por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; 2) Pide se deje sin efecto la declaratoria de rebeldía impuesta a la accionante, porque contra dicha Resolución no existe recurso ordinario y de la misma deriva todo el acto procesal hasta la medida cautelar de referencia, además de que la declaratoria precitada no cumplió con la formalidad de notificación legal ni personal, habiéndola realizado en otro domicilio procesal, lo que ha generado un indebido procesamiento de la accionante, ya que se le generó indefensión; 3) Tomando en cuenta que la audiencia de medida cautelar efectuada “ayer o anteayer directamente al penal de San Sebastián” (sic) y su notificación fue practicada recién el 11 de mayo de 2016, lo que se quiere mediante la presente acción de defensa es que se deje sin efecto la medida cautelar impuesta por el Juez demandado y se señale nuevo día y hora para su consideración; y, 4) Hay una actividad procesal que no fue definida antes que se pronuncie la declaratoria de rebeldía contra la accionante relativa a la objeción de querella, entonces si no se resolvió la misma como puede llevarse a cabo una audiencia de medidas cautelares.