SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante por intermedio de su representante señala que las autoridades demandadas vulneraron su derecho al debido proceso en su vertiente a la defensa, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, a pesar que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocó Resolución 531/15, la Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Décimo, emitió informe señalando que el plazo de treinta días otorgado al Ministerio Público por delitos flagrantes se encontraba vencido; y que por dicho motivo la Jueza de este Juzgado conminó al Fiscal Departamental para que presente acusación u otro requerimiento conclusivo, impidiéndole de esa manera asumir defensa, presente prueba dentro los seis meses de plazo para la investigación, no se le notificó con la prueba y con la acusación, no obstante que ya no correspondía la aplicación del procedimiento inmediato sino del procedimiento ordinario, por lo que considera que se encuentra indebidamente procesado.