Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 29/2016 de 20 de abril, cursante de fs. 12 a 14 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Limbert Josue Pinto Veneros en representación sin mandato de la adolescente AA contra Jacqueline Rada Arana, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el debido proceso
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones.
- III.2. De la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad inaplicabilidad en casos con menores involucrados
- III.3. Marco legal respecto a la aprehensión de menores
- b) Que exista riesgo razonable de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad
- III.4.
- III.5.
- CONFIRMAR en todo