SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0805/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0805/2016-S2

Fecha: 25-Ago-2016

a)

Jeral Redy Quisbert López, Jefe de la Unidad de Asuntos Jurisdiccionales, en representación de la Alcaldesa Municipal de El Alto, presentó informe escrito de 24 de mayo de 2016, cursante de fs. 91 a 93 vta., exponiendo: a) La falta de legitimación pasiva de la MAE en función a que fue desvinculado de la entidad por Marcelo Plata Ticona, Director de Talento Humano del Municipio mencionado, en uso de sus facultades potestativas señaladas en el Manual de Organización y Funciones; que no guardan relación con las facultades de la Alcaldesa de El Alto, según el mismo Manual, en cuyo caso no se consideró lo dispuesto por el art. 33.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo); pese a lo cual se dispuso su citación; b) La prescripción de la acción de amparo constitucional; debido a que fue retirado por memorándum DTH-NB/0011/15 y presentó ésta acción el 13 de mayo de 2016, fuera del plazo de seis meses previsto por los arts. 129.II de la CPE y 55.I del CPCo; y, c) El accionante presentó copias simples de un reconocimiento ad vientre y la documentación de respaldo que no constituye prueba, según prescriben los arts. 1289.II y 1311 del Código Civil (CC), más aun si no demostró conforme el art. 5.III del DS 0012 que cumple obligaciones legales y de asistencia, como requisito para determinar la inamovilidad laboral de los progenitores; por lo que pidió declarar la improcedencia de esta acción de defensa, con costas.