SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La parte accionante considera lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso en su triple dimensión, “…como derecho, como garantía y como principio (…) en su elemento del derecho a la debida fundamentación y a la defensa” (sic); a la tutela judicial efectiva y a la igualdad de oportunidades, citando al efecto los arts. 9.4; 13.1; 14.III; 21.7; 22; 23.1; 108.1, 2, 3 y 4; 115.II; 116.I; 117.I; 119; 180.I; y, 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7.1, 2 y 3; 8.2 y 3; 24; y, 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 7; 8; 10; 11.1 y 3; y, 30 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; I y II de la Convención Americana de los Derechos y Deberes del hombre; y, 14.3, 24 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR