Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0805/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega como vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso en su triple dimensión, “…como derecho, como garantía y como principio (…) en su elemento del derecho a la debida fundamentación y a la defensa” (sic); a la tutela judicial efectiva y a la igualdad de oportunidades, por cuanto, las autoridades demandadas a su turno, emitieron las Resoluciones impugnadas sin la debida fundamentación ni motivación que sustente la determinación de mantener su detención preventiva, y sin una valoración integral de los elementos probatorios presentados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR