SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0806/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0806/2016-S2

Fecha: 25-Ago-2016

II.3.

II.3.  Mediante Auto de Vista de 10 de julio de 2015, los Vocales de la Sala Penal Primera, declararon admisibles e improcedentes los recursos de apelación incidental interpuestos por la ANB Regional Santa Cruz y el Ministerio Público, argumentando que: 1) Si bien la ANB refutó que el imputado no asumió defensa, el art. 116.I de la CPE, establece la presunción de inocencia y es deber de la parte denunciante o acusadora probar su denuncia, pues la carga de la prueba corresponde al acusador fiscal y particular; sin modificar lo establecido por el art. 6 del CPP; en tanto el hecho de no colaborar en la investigación no constituye acto de dilación y por el contrario revela la negligencia y dejadez del Ministerio Público y la ANB Regional Santa Cruz que no agilizaron el proceso hasta que se dicte sentencia; 2) Los recursos, incidentes y excepciones planteados por el imputado no podrían considerarse dilatorios por estar más bien ejerciendo su derecho a la defensa y de ningún modo implicar mora procesal; y, 3) Asimismo, observan que la fiscal apelante no fundamentó su apelación, al no establecer la expresión de agravios y omitir la cita de las disposiciones y la aplicación que pretende (fs. 27 a 29 vta.).