SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
i)
El Consejo de la Magistratura de Beni a través su representante Rolando Claros Ortiz, en audiencia señaló que: i) De la revisión de los procesos disciplinarios instaurados contra el accionante se tiene que el 26 de mayo de 2014 Orlando Aramayo Chávez, entonces Encargado de la Unidad de Transparencia del mencionado Consejo, interpuso proceso disciplinario contra el accionante por faltas gravísimas, habiéndose dictado Resolución de primera instancia declarando probada y ordenándose la destitución del nombrado, habiéndose interpuesto otro proceso disciplinario el 31 de abril de 2015 iniciado por su persona y Rossemary Gamboa, quien es la actual Encargada de la Unidad de Transparencia referida, por faltas gravísimas, emitiéndose Resolución mediante la cual también se lo destituyó, misma que fue confirmada en apelación; y, ii) Se adhirió a los informes de las autoridades demandadas y del representante del Ministerio Público.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- III.
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONFIRMAR