SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

I.2.3. Participación de los terceros intervinientes

Adán Willy Arias Aguilar, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante escrito presentado el 6 de mayo de 2016, cursante a fs. 25 y vta., indicó que la solicitud de “…envío de la complementación y enmienda…” (sic) presentada el 25 de abril de ese año no fue resuelta, ya que no se cumplió con el decreto emitido el referido día, mes y año, de solicitud de remisión del proceso al Juez a quo, mismo que fue notificado, por lo que solicita se deniegue la tutela.

Rafael Alcón Aliaga, Juez Primero de Ejecución Penal del departamento de La Paz, en audiencia manifestó que se remitió al Juzgado a su cargo “autos ejecutados” por parte del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del mismo departamento con relación al hoy accionante, quien solicitó su detención domiciliaria, misma que fue rechazada por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, lo que significa que su autoridad ejercita el control de la sentencia ejecutoriada del ahora accionante.