Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0850/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
II.2.
II.2. Cursa decreto de 26 de abril de 2016, emitido por Adán Willy Arias Aguilar, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy tercero interviniente-, por el cual dispone: “Habiendosido devuelto el proceso al Tribunal de origen norifiquese al mismo para que remita en el día el proceso penal caratulado. M. Publico y otro contra Mario F. Nemtala Ballon, por el delito de Estelionato” (sic [fs. 17]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- terceros intervinientes
- Rafael Alcón Aliaga, Juez Primero de Ejecución Penal del departamento de La Paz
- Adán Willy Arias Aguilar, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. Los presupuestos de activación de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción
- b)
- Fragmento 18
- REVOCAR