Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0914/2016-S3
Fecha: 30-Ago-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 5 de mayo de 2016, cursante de fs. 185 a 186 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Janeth Dávila Mancilla en representación legal de Ramiro Andrés Escobar Antezana, Lourdes Alejandrina Escobar Valdez, Mary Morales Reynolds y María del Carmen Virginia Rodríguez Rodríguez, miembros del Tribunal de Ética Profesional del Colegio Departamental de Contadores de Cochabamba contra Freddy Campero Trigo, Juan Pablo Querejazu Ortiz, Octavio Heredia Zuazo, Angélica Fernández Titizano y Raymundo Altamirano Alderete, Presidente y Directivos del Tribunal Nacional de Ética Profesional del Colegio de Contadores de Bolivia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- Esta persona puede formular el recurso personalmente o mediante apoderado con poder especial suficiente y bastante
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR