AUTO CONSTITUCIONAL 0259/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0259/2016-RCA

Fecha: 08-Sep-2016

I.4. Resolución del Juez de garantías

El Juez Público de Familia Segundo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Auto de 18 de agosto de 2016, cursante a fs. 109, dispuso que el impetrante de tutela con carácter previo cumpla con lo previsto por el art. 33.5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), considerando que hace un relato de varios artículos pero sin fundamentar cómo los mismos hubieran sido violados, otorgando al efecto el plazo de tres días conforme determina el art. 30.I del CPCo.