DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 120/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 120/2016

Fecha: 19-Sep-2016

ARTÍCULO 34° (ATRIBUCIONES DEL ALCALDE O ALCALDESA MUNICIPAL)

9.     Elaborar y elevar ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, en coordinación con los pueblos indígenas, para su aprobación, dentro de los noventa (90) días de gestión”;