SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2016-S1
Fecha: 01-Sep-2016
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela, disponiendo la anulación del Acuerdo 040/2016 y por consiguiente se deje sin efecto y se anule la observación referente a su persona; y, que una vez dictado el nuevo Acuerdo de Sala y Reglamento, se dicte nueva resolución debidamente fundamentada, conforme a los arts. 18 y 47 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que establecen los requisitos para la postulación de Vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia.
En su segundo memorial solicitó se anule el Acuerdo de Sala Plena 082/2016 del Pleno del Consejo de la Magistratura, ordenando se revise el mismo y “...no se dicte ningún acuerdo de convocatoria a vocales en adelante…” (sic), entre tanto se lleve a cabo su audiencia de amparo constitucional y sea revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principios presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Los actos consentidos libre y expresamente y la cesación de los efectos del acto reclamado, como causal de improcedencia reglada de la acción de amparo constitucional
- como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales,
- si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aun cuando después lo denuncie y pretenda la protección, pues este Tribunal no puede estar a disposición de la indeterminación de ninguna persona
- III.4. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- que demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo…, no se puede plantear una demanda de Amparo, sino demostrando ser el agraviado directo por la autoridad o particular recurrido
- Fragmento 23
- III.5.Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte