SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2016-S1
Fecha: 01-Sep-2016
III.6. Análisis del caso concreto
El accionante por intermedio de su representante denunció la vulneración de su derecho a la libertad; puesto que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, previsto por el art. 261 del Código Penal (CP), solicitó la cesación a de detención preventiva; a tal efecto, la autoridad demandada señaló audiencia para el 29 de abril de 2016; sin embargo, instalada la misma fue suspendida por la autoridad judicial demandada -por encontrarse pendiente de resolución la apelación incidental que presentó contra el Auto Interlocutorio de 11 de abril de 2016-, desconociendo el efecto no suspensivo del mismo y el desistimiento; además, porque hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa -3 de mayo de 2016, no se remitió el recurso de apelación incidental ante el superior en grado, a pesar que fue presentado dicho recurso el 11 de abril de 2016.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- a)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 6
- III.2.
- III.3. Activación simultánea del recurso de apelación y una nueva solicitud de modificación medidas cautelares ante la jurisdicción ordinaria
- mientras no exista un desistimiento o renuncia expresa al recurso de alzada presentado por el agraviado, al órgano jurisdiccional no le cabe la posibilidad de atender una nueva petición de cesación a la detención preventiva, cuando la primera aún no fue resuelta
- III.4. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.5. De la presunción de veracidad ante el silencio de la autoridad demandada
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- denegar
- CONFIRMAR