SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

II.3.

II.3.    El 27 de octubre de 2015, el Director Distrital de Educación de San Andrés-Loreto, en respuesta a la citada nota de 26 octubre de igual año, entre varios puntos indicó, que el accionante desde su designación al cargo de Profesor, en ningún momento se dignó a constituirse en su fuente laboral, transcurriendo todo el mes de julio; razón por la cual, se le entregó el memorándum de agradecimiento de servicios prestados por abandono de funciones, siendo notificado con éste el 5 de agosto de 2015, fecha desde la cual ya no se encuentra en planillas del Servicio de Educación Plurinacional; además se suma el hecho de la prohibición para efectuar designaciones a finales de la gestión educativa; motivos por los cuales, no se lo puede designar como Director institucionalizado, teniendo toda la voluntad de solucionar su problema, si la Dirección Departamental de Educación de Beni coopera en las gestiones con el Ministerio de Educación (fs. 11 a 13).