SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

II.2.

II.2.  En mérito a la instructiva 003/2012 de 3 de julio, en virtud a lo acontecido el 22 de junio de 2012 en las oficinas donde funcionaba el Tribunal Disciplinario Superior Permanente y algunos Departamentales de la Policía Boliviana, en los que se causaron daños de consideración, sustracción de equipos, expedientes, resoluciones y otros; se dispuso la suspensión de plazos procesales, en mérito a la circunstancias de fuerza mayor acaecidas, a fin de resguardar los intereses e imagen de la Policía Boliviana; a cuyo cumplimiento el 3 de agosto del mencionado año, se dispuso que por secretaria se notifique a las partes para que a la brevedad posible procedan a la reposición del cuaderno procesal, debiendo al efecto presentar copias de los escritos, documentos diligencias y cuanta documentación se encontrare en su poder para la correspondiente prosecución de la causa, siendo dicha determinación puesta a conocimiento del impetrante de tutela el 12 de septiembre de igual año (fs. 99 a 104; y, 122 y vta.).