SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

i)

Ricardo Pinto Olmos, Juez Instructor Penal Primero de El Alto, refirió que: i) La cita de la SCP 281/2012 de 4 de junio establece la obligación de demostrar el riesgo inminente de la vida, también señala que la ponderación la realiza la jurisdicción ordinaria; en ese sentido, la determinación que asumió se enmarcó en esa ponderación; ii) Sobre la supuesta firma tardía del mandamiento de detención preventiva, ésta fue firmada por el juez suplente, debido a que se encontraba de vacaciones; misma situación acontece, con la supuesta dilación en la remisión de la apelación correspondiendo que estén presentes los doctores Javier Rolando Chaca Quina y Omar Ramiro Monasterios Alarcón, en virtud a la legitimación pasiva, así como el fiscal a quien supuestamente protegería; iii) El informe presentado por el propio accionante, recomienda la salida médica y no erróneamente internación como solicitan en la presente acción.