Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda tutela y se disponga la anulación de la providencia de 31 de marzo de 2015 y el Auto de Vista 386/2015 de 16 de octubre de 2015, la Resolución 383/2015 de 16 de septiembre de 2015 y demás actos posteriores, ordenándose a la Jueza demandada dictar nueva providencia respetando la cosa juzgada y sin afectar su derecho de crédito ejecutoriado, aprobado mediante Resolución 356/2006 de 11 de agosto de 2006, sea con la imposición de daños, perjuicios y costas, debiendo determinarse la responsabilidad penal, civil y disciplinaría, para lo cual se remitirán antecedentes al Ministerio Público y ante el Juez Disciplinario con las formalidades de ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Respecto a la inobservancia del principio de congruencia en la fundamentación de las decisiones judiciales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- 2)
- CONFIRMAR en parte