Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
a)
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia: a) Se deje sin efecto la carta de 20 de enero de 2016; b) Ordene la inmediata reincorporación a su fuente laboral; y, c) Se ordene el pago de sus salarios devengados desde el día de su destitución en cumplimiento a la conminatoria MTEPS/JDTCBBA/096/2016.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la empresa demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cumplimiento de las conminatorias emitidas por las jefaturas departamentales y regionales del trabajo
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo