SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
Fragmento 13
El accionante considera que la empresa “DATACOM S.R.L.”, representada legalmente por Javier Valentín Mamani Vino, vulneró sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la salud, al haber sido despedido de manera injustificada e intempestiva, no obstante haber acudido la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, entidad que emitió la Conminatoria de Reincorporación MTEPS/JDTCBBA/096/2016, que dispuso su reincorporación inmediata al último cargo que venía desempeñando sus funciones más el pago de sus salarios devengados como si no hubiese dejado de trabajar ni un solo día desde la fecha de su despido, además se le restituya cuanto antes el seguro a corto y largo plazo prohibiendo toda clase de acoso laboral y discriminación contra el trabajador, sin embargo, la misma fue incumplida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la empresa demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cumplimiento de las conminatorias emitidas por las jefaturas departamentales y regionales del trabajo
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo