Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
Con el derecho a la réplica hizo conocer que toda la documentación acompañada por la parte demandada, son copias simples y no tienen ningún sello visado por la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, además señaló que se está atentando con contra su derecho a la salud, debido a que su cliente ingiere medicamentos de costos elevados que los tiene que comprar de manera particular ya que no cuenta con el seguro de salud, por lo que solicitó que las pruebas presentadas por la empresa demandada sean rechazadas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la empresa demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Cumplimiento de las conminatorias emitidas por las jefaturas departamentales y regionales del trabajo
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo