Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2016-S3
Fecha: 01-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante alega la vulneración de su derecho al debido proceso en sus vertientes de motivación, congruencia y pertinencia, toda vez que las autoridades demandadas a tiempo de emitir el Auto de Vista 457 de 20 de agosto de 2015, por el cual confirmaron el rechazo a su solicitud de aprobación de liquidación y el pago de intereses legales, omitieron pronunciarse de manera fundamentada con relación a los tres agravios expuestos en el recurso de apelación, resultando así un fallo incongruente al no haber resuelto todos los agravios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR