Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
a)
Solicita se conceda la tutela disponiendo: a) La restitución inmediata de su derecho a la propiedad privada; b) La devolución física de su fundo rústico avasallado por vías de hecho, emitiendo al efecto mandamiento de desapoderamiento contra los demandados y personas que se encontraren dentro de la propiedad privada, con auxilio de la fuerza pública con costas; c) Se ordene la custodia del predio por parte de la policía; y, d) Se remita antecedentes de la presente acción de amparo constitucional, para el inicio de la investigación por el delito de avasallamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a tiempo de promulgarse la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, de 30 de diciembre de 2013, ha pretendido incorporar un nuevo mecanismo de defensa contra los avasallamientos,
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados»
- siendo su admisión en el día y se señalará en el plazo de 24 horas día y hora
- , es el carácter agrario de la propiedad,
- modulado y consolidado la línea y competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional
- constituyéndose la misma en la vía idónea de protección de derechos en relación al avasallamiento de tierras
- III.2. Análisis del caso concreto
- nueva interpretación jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- REVOCAR en todo