SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 4 de junio de 2016 a horas 3:30 a.m. un grupo de personas armadas con palos, machetes y armas de fuego ingresaron a su propiedad rompiendo el alambrado, haciendo que salgan del potrero más de treinta cabezas de ganado vacuno lechero, procediendo a talar los árboles munidos de motosierras con el objeto de construir pequeñas casas precarias, exigiendo la exhibición de sus títulos de propiedad y bajo amenaza de muerte si intentaba ingresar al predio.
Indica que por acta circunstanciada de 7 de junio de 2016 librada por notario de fe pública, acredita que los demandados se encuentran ocupando su terreno de manera clandestina construyendo chozas precarias recientemente armadas con palos, demostrando con las fotografías adjuntas, que los avasalladores se encuentran dentro de su propiedad rústica, construyendo viviendas, quemando pastizales, talando árboles, arrancando postes para seguir loteando el predio, aclarando que su derecho no se encuentra en controversia dentro la jurisdicción ordinaria.
Agrega que su derecho propietario se encuentra debidamente registrado bajo la partida computarizada 010380686, folio 233396 del registro de propiedad de Warnes del departamento de Santa Cruz de 13 de agosto de 1999, generando oposición frente a terceros en su condición de propietario del terreno rústico avasallado, en la actualidad en producción de leche y cría de ganado vacuno criollo sobre una superficie de 5.5582 ha, en el cual tiene construido un corral rústico de ordeño de leche y encierro de ganado, demostrando así su posesión real del bien inmueble.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a tiempo de promulgarse la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, de 30 de diciembre de 2013, ha pretendido incorporar un nuevo mecanismo de defensa contra los avasallamientos,
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados»
- siendo su admisión en el día y se señalará en el plazo de 24 horas día y hora
- , es el carácter agrario de la propiedad,
- modulado y consolidado la línea y competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional
- constituyéndose la misma en la vía idónea de protección de derechos en relación al avasallamiento de tierras
- III.2. Análisis del caso concreto
- nueva interpretación jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- REVOCAR en todo