Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0923/2016-S3
Fecha: 01-Sep-2016
II.6.
II.6. Por Conminatoria J.D.T.L.P./LEY 223 ART. 34/D.S. 495/EVG/010/2016 de 21 de enero, Evelyn Viscarra Gutierrez, Jefa Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz, ordenó la reincorporación inmediata del hoy accionante a su fuente laboral y al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de salarios y demás derechos sociales (fs. 12 a 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo que se cuente con declaratoria de invalidez permanente
- El Certificado Único de Discapacidad es el documento que califica el tipo y grado de discapacidad de una persona.
- ámbito de protección que se amplía a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a
- III.2. Análisis del caso concreto
- el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios que presten servicios en los sectores público o privado, no sólo se refiere al trabajador en sí mismo sino que en prevención a que una ruptura de la relación laboral pueda llegar a afectar a un dependiente discapacitado de ese trabajador o funcionario
- 1° CONFIRMAR en parte