SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2016-S3

Fecha: 06-Sep-2016

4.

4. Finalmente, en la sustanciación de un proceso laboral por pago de salarios y sueldos devengados, la autoridad jurisdiccional debe verificar si la trabajadora o trabajador, en el tiempo que duro su desvinculación laboral, percibió ingresos por concepto de haber desempeñado otras funciones en otra fuente laboral; en cuyo mérito, de haber ocurrido ello, dicho lapso de tiempo -que si fue remunerado- no será tomado en cuenta a efectos de establecer el pago de sueldos o salarios devengados si hubiese a lugar.