SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2016-S3
Fecha: 13-Sep-2016
1)
El accionante por intermedio de su abogado, se ratificó in extenso en su acción de amparo constitucional y ampliando la misma, sostuvo que: 1) En el recurso jerárquico se hizo conocer todas las irregularidades, entre ellas la falta de cumplimiento del art. 57 de la “normativa” -se entiende del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL- que tiene derecho de solicitar el señalamiento de audiencia para escuchar los argumentos del imputado; a pesar de ello, se emitió Resolución sin considerar los elementos del recurso; específicamente, el art. 65 de la misma norma dispone que no debería tomarse la prueba de alcohotest sino habérsele realizado la prueba de sangre para establecer cuánto era el grado de alcohol que existía; sin embargo, se confirmó su baja definitiva; restringiéndose su derecho de contar con resoluciones motivadas y amparadas en normativa vigente; 2) Asimismo, se presentó una excepción de prescripción que no fue contestada por parte de los miembros del Tribunal Disciplinario, de esta manera se vulneró su derecho de conocer si esa solicitud tiene o no sustento legal; simplemente en tres líneas indica que no procede porque existiría normativa que prohíbe aquello; y, 3) Fue procesado de manera conjunta con otro cadete (Rudy Gabriel Álvarez) en las mimas circunstancias, por la misma falta, tomándose una prueba de alcohotest y también habiéndose iniciado un proceso disciplinario; empero, de manera extraña solo se sancionó a su persona, y el otro cadete salió absuelto y sin responsabilidad administrativa, lesionándose la igualdad de oportunidades.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- b)
- CONFIRMAR