Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
Fragmento 5
La parte accionante ratificó in extenso los términos de su memorial de acción de libertad, y ampliándolos refirió que el Juez hoy demandado olvidando la previsión del art. 396.1 del CPP, que establece que los recursos de apelación tendrán efecto suspensivo, prosiguió tramitando la causa seguida en su contra, pese a que se planteó recurso de apelación impugnando la Resolución 015/2016, que declaró extinguida la acción penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 14
- i)