SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
i)
Ahora bien, conforme se tiene en la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se demanda irregularidades del debido proceso a través de la acción de la libertad, la misma procede cuando concurran los dos presupuestos establecidos para dicho fin, los cuales son que: i) El acto que se considera vulneratorio al debido proceso se constituya en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad; y, ii) Hubiese existido absoluto estado de indefensión.
En ese marco, del análisis del caso concreto se advierte que no concurren los dos presupuestos precedentemente señalados, por cuanto los accionantes denuncian como supuesto acto lesivo a su derecho el señalamiento de audiencia de consideración de medidas cautelares cuando se tiene la existencia de la Resolución 015/2016, que declaró probada y procedente la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y consecuentemente el archivo de obrados, señalamiento de audiencia que no constituye una amenaza directa a su derecho a la libertad, más aun tomándose en cuenta que hasta el momento de la presentación de esta acción de defensa los accionantes se encuentran en libertad, dicho de otro modo, la situación jurídica de los accionantes no depende del actuado procesal -decreto que señala la audiencia cautelar-, por tanto este acto no opera de manera directa sobre el derecho a la libertad física de los ahora accionantes; así como tampoco se advierte un estado de indefensión, puesto que los nombrados justamente haciendo uso de su derecho a la defensa se encuentran participando activamente en el proceso penal seguido en su contra, tal como se tiene a partir de la Conclusión II.3. del presente fallo constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 14
- i)