Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
II.2.
II.2. La parte querellante mediante memorial presentado el 3 de mayo de 2016, solicitó al Juez hoy demandado fije día y hora de audiencia para la consideración de medidas cautelares contra los ahora accionantes (fs. 13 a 14 vta.), mereciendo el decreto de 4 de igual mes y año, señalándose audiencia con ese fin para el 1 de junio del mencionado año a horas 15:00 (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 14
- i)