Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de su representante alegan como lesionado su derecho al debido proceso, puesto que el Juez hoy demandado habría señalado audiencia de consideración de medidas cautelares en su contra, pese a la emisión de la Resolución 015/2016 de 15 de enero, que declaró probada y procedente la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso interpuesta por el coaccionante Edwin Ronald Franco García, misma que dispuso el archivo de obrados, por lo que alegan procesamiento indebido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 14
- i)