SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2016-S3
Fecha: 15-Sep-2016
siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
En ese sentido, mientras se encuentra pendiente de resolución la apelación planteada, existe un fallo latente y vigente, no pudiéndose realizar ningún acto judicial y menos jurisdiccional; puesto que, la Resolución 015/2016, dispuso el archivo de obrados; sin embargo, el Juez hoy demandado desconociendo su propia decisión viene tramitando y dando curso a cuanto petitorio hace la parte querellante, y una de esas solicitudes es que se efectúe la audiencia de consideración de medidas cautelares en el proceso penal que fue declarado extinguido, haciéndolo incluso contra el coaccionante Edwin Ronald Franco García quien planteó la excepción antes referida, señalándose audiencia a tal efecto para el 1 de junio de 2016 a horas 15:00, acto procesal en el que se puede determinar o no medidas cautelares de carácter personal tal como la detención preventiva, siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido, pretendiendo reabrir competencia para llevar a cabo la mencionada audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- siendo este aspecto por el cual considera una persecución indebida contra sus personas, toda vez que el proceso ya no existe, constituyéndose además un procesamiento indebido
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a)
- Fragmento 14
- i)