Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2016-S3
Fecha: 16-Sep-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 34/2016 de 2 de junio, cursante de fs. 41 a 44 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada, con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- NO SE PUDO EFECTUAR MI LEGAL CITACIÓN
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR