Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2016-S3
Fecha: 19-Sep-2016
I.2.2.
Pastor Segundo Mamani Villca y Antonio Guido Campero Segovia, Magistrados de la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, no asistieron a la audiencia de consideración de la presente acción de defensa ni presentaron informe alguno, pese a sus legales citaciones, cursantes de fs. 193 a 194.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- tutela efectiva en su rama de motivación de los fallos y la congruencia entre la motivación y el fallo
- 1)
- I.2.2.
- i)
- concedió
- II.1.
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR