SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2016-S3
Fecha: 22-Sep-2016
segunda problemática
Respecto a la segunda problemática, el accionante señaló que las Vocales ahora demandadas no consideraron el carácter temporal de las medidas cautelares y que se encuentra con diabetes, que el autor del hecho ya está recluido, además que su persona se sometió al proceso sin obstaculizar el mismo; al respecto corresponde señalar que las medidas cautelares tienen entre sus características la provisionalidad; es decir, que las mismas pueden variar de acuerdo a las necesidades del proceso, pudiendo por tal razón, solicitar nuevamente la cesación de la detención preventiva ante la autoridad competente, si es que a criterio del ahora accionante los riesgos procesales vinculados a la autoría del hecho y la inexistencia de obstaculización ya cesaron. Finalmente respecto a la aludida enfermedad de diabetes que sufriría el accionante, corresponde señalar que el mismo solo efectúa una referencia nominal sin explicar y menos acreditar el vínculo de esa presunta enfermedad con un riesgo a su vida.
- acción de libertad
- a)
- b)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- impedida de ingresar a valorar la prueba,
- III.3. Análisis del caso concreto
- primer punto de reclamación
- ii)
- iii)
- segunda problemática
- CONFIRMAR