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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2016-S3

    Fecha: 27-Sep-2016

    II.6.

    II.6.  Por Auto de Vista 333 de 10 de junio de 2015, los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, revocaron parcialmente el Auto de 13 de septiembre de 2013, y declararon improbada la excepción incidental de prescripción extintiva opuesta por la parte demandada (fs. 337 a 338).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • o desde que el titular ha dejado de ejercerlo
    • I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Respecto a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • III.2. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional ni supletoria
    • menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • …para su consideración y resoluciones a las 48 horas
    • REVOCAR

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