Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2016-S3
Fecha: 28-Sep-2016
2º Remitir
2º Remitir a la titular del Juzgado Público de Familia Decimoquinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, los antecedentes de este caso, así como el presente fallo constitucional, a objeto de que asuma inmediatamente las medidas necesarias para proteger, garantizar y resguardar el interés superior del menor AA.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal
- recurso sencillo y rápido
- recurso efectivo
- medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado
- III.2. Análisis del caso concreto
- En ese contexto, se establece que en todos aquellos casos en los que exista una intervención y resolución judicial que defina la situación legal de un menor de edad
- REVOCAR en parte
- 2º Remitir