SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1028/2016-S3

Fecha: 28-Sep-2016

de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal

Al respecto, la SCP 0713/2012 de 13 de agosto, estableció que: “El art. 125 de la CPE, disciplina la acción de libertad señalando que: ‘Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida y se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad’ texto normativo del cual se extrae que su configuración debe ser expedita.