AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2017-RCA

Fecha: 23-Ene-2017

Fragmento 10

         La falta de subsanación de dichos requisitos causa la declaratoria de tener por no presentada la acción de amparo constitucional, así lo establece el art. 30 del citado cuerpo normativo: “I. En las Acciones de Amparo Constitucional o de Cumplimiento, la Jueza, Juez o Tribunal verificará el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 33, 53 y 66 del presente Código.