SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0001/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0001/2017-S2

Fecha: 26-Ene-2017

III.2.   Presencia del detenido-recurrente en la audiencia de apelación incidental de medidas cautelares

A su vez, la SCP 0756/2015-S3 de 8 julio, establece que: “La SC 1698/2005-R -ya citada-, precisó que: ‘…debe recordarse que el representado impugnó de la resolución que dispuso su detención preventiva, la cual supone que se encuentra detenido; consiguientemente su concurrencia a la audiencia no dependerá de él únicamente sino de la orden que emita el Tribunal ad quem y del cumplimento a dicha orden de parte de los funcionarios del recinto donde se encuentre detenido el imputado, situación que debe considerar dicho Tribunal para celebrar la audiencia y para determinar el rechazo si el apelante no concurriera’.