AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017-RQ
Fecha: 04-Oct-2017
Fragmento 1
Mediante AC 0207/2017-CA de 21 de julio, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, rechazó el recurso directo de nulidad interpuesto por Nenad Matkovic Vranjican, en representación legal de Industrias Oleaginosas Sociedad Anónima (S.A.), demandando la nulidad de las Resoluciones R.A.L.P. 007/2016-2017 de 13 de mayo de 2016; R.A.L.P. 019/2016-2017 de 19 de noviembre de 2016; R.A.L.P. 003/2017-2018 de 25 de marzo de 2017; y, la R.A.L.P. 08/2017-2018 de 19 de junio de 2017, emitidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional, con el fundamento de que dichas resoluciones tienen un contenido general, ya que no afecta solamente a la parte recurrente, situación que impide su impugnación, a través del recurso directo de nulidad, por cuanto según la jurisprudencia citada en el presente fallo constitucional, este recurso no procede contra actos administrativos con contenido normativo, y las normas de carácter general (leyes materiales), deben ser impugnadas, por medio de las acciones de inconstitucionalidad.
- Fragmento 1
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte que motivan el recurso
- II.1. Naturaleza y objeto del recurso de queja
- recursos
- a)
- La
- solo corresponde en esta instancia impugnativa determinar si efectivamente la Comisión de Admisión incurrió en los errores expresados por el recurrente en su recurso de queja, para en su caso revocar la decisión y ordenar la admisión del recurso constitucional planteado y no someter a análisis otros argumentos y fundamentos que no formaron parte de la Resolución que se revisa
- II.3. Análisis del recurso de queja presentado
- dado que no afecta solamente a la parte recurrente, aspecto que impide su impugnación mediante el recurso directo de nulidad
- argumentos que fueron asumidos y aplicados por la Comisión de Admisión, al caso concreto, considerando e identificando que las Resoluciones cuya nulidad se busca, tienen un contenido de generalidad, al no afectar solamente a la parte recurrente, debiendo basarse en actos concretos; asimismo, el recurso directo de nulidad no procede contra actos administrativos con contenido normativo, como es el caso de Resolución 007/2016-2017 y las demás que amplían el plazo para el proceso de investigación descrito en las mismas, las cuales son cuestionadas por el recurrente
- CONFIRMAR