AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2017-RQ

Fecha: 04-Oct-2017

recursos

El Código Procesal Constitucional en su Capítulo Quinto, establece las normas comunes a ser empleadas en las acciones de inconstitucionalidad, conflictos de competencias, consultas y recursos; asimismo, el art. 26 del CPCo, determina las cuestiones relativas a la presentación de la acción, demanda, consulta o recurso y las observaciones de forma, determinando en su parágrafo I, que las mismas pueden ser presentadas de forma personal o por cualquier otro medio, reglamentado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, con cargo a remisión de original. Por su parte el parágrafo II de la citada norma, señala que la Comisión de Admisión asume la atribución de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión establecidos por el art. 24 del CPCo y en caso de observar los mismos, otorga el plazo de cinco días a efecto de que sean subsanados, y en la eventualidad de no cumplirse con éstos, se tendrá por no presentada.