SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2017-S3

Fecha: 04-Oct-2017

a)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo manifestó que: a) El art. 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP), establece las causales para proceder a la aprehensión, tomando en cuenta también que los funcionarios policiales tienen la facultad para poder arrestar cuando exista una orden emanada de autoridad competente y no se pueda controlar un problema o una agresión; sin embargo, en el presente caso la policía no presenció los hechos, por lo que no tenía certeza sobre los autores; y en consecuencia, no había una seguridad absoluta sobre quiénes efectuaron el arresto, además, que su detención fue dispuesta bajo la orden de la autoridad hoy demandada; y, b) Después de ser arrestado, fue conducido al Ministerio Público, sin existir ningún mandamiento que disponga su traslado, tal es así que tampoco existe un registro del mismo en la Policía.