SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

denegó

El Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 18/2017 de 12 de septiembre, cursante de fs. 50 a 52, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Esta acción de defensa no puede ser utilizada de la forma en que pretenden los accionantes para la revisión de resoluciones dictadas por autoridades judiciales en pleno ejercicio de sus atribuciones judiciales y menos para establecer si se efectuó una correcta valoración de las pruebas, antecedentes o motivos que fundaron su decisión, siendo esa una facultad exclusiva de las autoridades ordinarias; y, ii) Si bien la acción de libertad protege el derecho a la vida y la libertad, en caso de existir mecanismos de defensa específicos, estos deben ser activados previamente, debiendo mencionarse que en el caso de las medidas cautelares, estas no causan estado debiendo los afectados acudir a lo que prevé el art. 239 del CPP.

Ante la solicitud de complementación y enmienda de la parte accionante en audiencia cuestionando el por qué la Resolución hace mención a la valoración de la prueba cuando no se pidió valoración de prueba alguna, las autoridades demandadas aclararon que del contenido de la acción “…piden de forma inmediata otorguen los vocales de la Sala Penal Segunda medidas sustitutivas a la detención preventiva pidiendo valores la prueba sobre el peligro de obstaculización…” (sic).