SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado a tiempo de ratificar su demanda, en audiencia señaló que el Auto de Vista 219, emitido por los Vocales demandados no tiene la debida fundamentación para revocar el Auto Interlocutorio 60/15, por el cual el Juez Cautelar resuelve las excepciones falta de acción y de incompetencia; y, a su vez otra planteada por Jackeline Justiniano Ayala, referidas a la falta de acción y prejudicialidad, y dispone declarar probada las excepciones planteadas; fallo que fue apelado por la UAGRM; en consecuencia se dictó el Auto de radicatoría 63 de 1 de junio de 2017, sin que se hayan cumplido las formalidades procesales establecidas en el art. 340 del CPP, modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, además con esta Resolución también se habría quebrantado jurisprudencia constitucional.