Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1071/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
CONFIRMAR en todo
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado, los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 104/2017 de 31 de agosto, cursante de fs. 11 a 12 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.Procesamiento indebido: Requisitos procesales para su tutela a través de la acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo