SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
a)
Mario Gustavo Rocha Castro, Fiscal Departamental de Oruro, en funciones, mediante informe de 8 de septiembre de 2017, cursante de fs. 548 a 549, informó que: a) Dentro del proceso penal signado como ORU140240, se emitió la Resolución Jerárquica F.D.O./D.J.P.M. de 11 de mayo de 2016, por la cual, la entonces Fiscal Departamental de Oruro, ratificó la Resolución de rechazo, decisión que fue objeto de demanda de acción de amparo constitucional, que a la fecha se halla en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional; b) El 17 de enero de 2017, se dictó la Resolución Jerárquica F.D.O./M.M.P.LL. 001/2017, que también ratificó la Resolución de rechazo de denuncia, decisión que al igual que la anterior, fue demandada vía acción de amparo constitucional; y, c) Al existir dos demandadas de acción de amparo constitucional interpuestas por el accionante Francisco Puma Espinoza, sobre los mismos hechos, circunstancias, sujetos, objetos y fundamentos; implica que se estaría ante una persecución penal indefinida y en consecuencia se desnaturalizaría la esencia de la acción de amparo constitucional, por lo que requiere se deniegue la acción planteada.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por los representantes del Ministerio Público
- III.3. La congruencia como elemento del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- fundamentada y específica
- CONFIRMAR en todo