SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1075/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

denegó

Concluida la audiencia, el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2017 de 8 de septiembre, cursante de fs. 552 a 557 vta., denegó la acción de amparo constitucional, fundando su fallo en los siguientes puntos: i) La Resolución jerárquica F.D.O./M.M.P.LL. 001/2017, que hoy impugnan los accionantes, cumple con los requisitos de fundamentación y motivación, así como con el principio de congruencia, toda vez que a tiempo de resolver el recurso de objeción presentado por el accionante, explica de manera puntual, clara y precisa que todas las pruebas documentales que cursan en el cuaderno de investigación no generan la convicción para formular una imputación formal; y, ii) Los accionantes refirieron en su memorial de objeción, entre otras cosas que no se habría realizado la inspección ocular; empero, no señalaron de qué modo ese actuado procesal les serviría en juicio; también acusaron carencia de formalidades para la celebración del matrimonio, pero la investigación concluyó que dicho aspecto correspondía al área familiar, ya que de acuerdo a la declaración informativa de los testigos, se estableció la inexistencia de los ilícitos penales de falsedad material y falsedad ideológica, por lo que no es evidente que la Resolución Jerárquica emitida por la Fiscal Departamental demandada, se halle inmotivada y carente de fundamentación, por consiguiente, dicha Resolución no vulneró ningún derecho y garantía constitucional.