Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
II.3.
II.3. La Confederación Sindical de Trabajadores Gremiales, Artesanos, Comerciantes Minoristas y Vivanderos de Bolivia, en las Conclusiones y Resoluciones del Tercer Ampliado Nacional de Trabajadores Gremiales de Bolivia, realizado en la ciudad de Trinidad, el 17 y 18 de febrero de 2017, resolvió brindar su apoyo a la Federación Departamental de Pando a la cabeza del ahora accionante, debiendo continuar en su gestión hasta su culminación, quedando en “STATUCU” la dirigencia del codemandado Jorge Rojas Salgueiro, quién abandonó con ofensas escritas al Comité Ejecutivo Nacional y así también a los delegados asistentes al III Ampliado Nacional (fs. 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el ámbito del amparo constitucional como garantía de derechos fundamentales, no alcanza a definir derechos ni analizar hechos controvertidos, pues esto corresponderá -de acuerdo al caso- a la jurisdicción judicial ordinaria o administrativa, cuyos jueces, tribunales o autoridades de acuerdo a la materia, son las facultadas para conocer conforme a sus atribuciones específicas las cuestiones de hecho.
- el
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR